Como sabemos tus preocupaciones por tu actividad, contamos con las coberturas más completas con el mejor respaldo para que puedas llevarlas a cabo sin tener que pensar en lo que puede ser una complicación para vos. Las coberturas disponibles son:
Las coberturas protegen contra pérdidas de cantidad (Kg.) por eventos climáticos cubiertos en la póliza, no amparando reducción de rendimientos por problemas de calidad ni enfermedades o plagas. Las normas aquí establecidas son válidas tanto para cosecha fina (trigo, avena, centeno, cebada, alpiste, lenteja, mijo, lino, arveja, garbanzo, coriandro, colza, ray grass, triticale) como para cosecha gruesa (girasol, soja, maíz, sorgo, poroto, arroz).
¿Qué cubre?Daños o pérdidas de la cosecha como consecuencia exclusiva de la caída de granizo hasta la suma máxima indicada en las condiciones particulares, en tanto las plantas estén arraigadas al suelo, aún cuando concurra con otros fenómenos meteorológicos.
Cobertura adicional de incendio (Sin cargo)
¿Qué cubre?Daños materiales causados a los frutos y productos asegurados estando en pie, por la acción directa de fuego POR CUALQUIER CAUSA. Se entiende por fuego toda combustión que origine incendio o principio de incendio.
Los daños materiales causados a los frutos y productos asegurados, estando en pie, por el paso de vientos (con o sin lluvias) por la plantación asegurada con una velocidad tal que provoque el arranque, fractura de tallos o troncos, desarraigo y desprendimiento de frutos, siempre y cuando las plantas hayan alcanzado el desarrollo necesario para el comienzo de la cobertura plena de granizo según la especie. Los daños que se cubren en forma separada o conjunta son: acame, vuelco irreversible de las plantas, fractura de tallos, desarraigo, siempre y cuando se presenten daños visibles en un radio no menor a 5 km., medidos a partir del predio asegurado y afectando varios tipos de cultivos de la misma zona. Únicamente se cubren daños en cantidad sobre el cultivo asegurado
Se entiende por helada, temperaturas iguales o menores al punto de congelación del agua.
¿Qué cubre?Cubre los siguientes daños en forma separada o conjunta:
- Formación intracelular de cristales de hielo en los tejidos (muerte celular).
- Marchitez de órganos reproductores.
- Deshidratación o granos chupados.
- Aborto de flores y frutos y necrosis en el follaje.
- Paralización del crecimiento.
Al momento de contratar la cobertura de granizo los clientes podrán optar por contratar el Adicional de Silo Bolsa abonando su correspondiente extra prima.
No se podrá suscribir este adicional con posterioridad a la contratación del seguro contra granizo.
El adicional de Silo Bolsa ampara al grano objeto del seguro desde el momento que ingresa al Silo Bolsa y hasta el momento en que es extraído del mismo para su correspondiente traslado. Riesgos Cubiertos: incendio, robo, granizo, combustión espontánea, sabotaje.