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Sabemos que tu hogar es el bien más preciado para tu familia por lo que te ofrecemos las mejores coberturas del mercado para que puedas tener la tranquilidad de que estará perfectamente resguardado.

¿Qué se puede cubrir en una casa?

Se cubre la Responsabilidad Civil del asegurado, exclusivamente como consecuencia de la acción directa del fuego y/o explosión. Es decir, los reclamos que el asegurado pudiera recibir como consecuencia de los daños materiales causados a terceras personas en sus bienes, con exclusión de lesiones y/o muerte a terceras personas. El asegurado participará en cada reclamo con un 5% de la indemnización debida por el asegurador, con un mínimo de un 2% y un máximo de un 3% de la suma asegurada para este riesgo.

Se cubren los gastos de alojamiento si tuviera que permanecer en un hotel, como consecuencia de un incendio que inutilice la vivienda. El límite de esta prestación será de 5 (cinco) días de hospedaje.

Se cubren los gastos incurridos por el asegurado con el consentimiento del asegurador, por gastos de limpieza y/o retiro de escombros y/o demolición del edificio destruido o dañado como consecuencia de un riesgo cubierto.

Se cubren pérdidas o deterioros de alimentos depositados en heladeras, freezer o aparatos congeladores de uso doméstico, causados por la paralización de éstos, a consecuencia de falta de energía eléctrica por el término de 12 (doce) horas consecutivas, siempre y cuando la falta de dicho suministro eléctrico sea originada por causas imputables directamente a la acción u omisión del ente proveedor de energía eléctrica. El límite de la cobertura es del 2% de la suma asegurada de la cobertura de incendio contenido con un máximo de $15.000 (pesos quince mil) por cada período de vigencia de la póliza.

Cubre los daños y pérdidas que pudieran sufrir los bienes asegurados como consecuencia directa de los riesgos de huracán, ciclón, tornado, granizo y/o terremoto. Esta cobertura tendrá efecto, cuando la velocidad de los vientos, certificada por organismos oficiales, como ser Servicio Meteorológico Nacional, INTA, Fuerza Aérea Argentina o INTI, sea superior a 100 km/h.

Se cubre la pérdida por robo y/o hurto de los bienes que se hallen en la vivienda, que sean de propiedad del asegurado, de miembros de su familia que convivan con él, de sus huéspedes y/o de su servicio doméstico. Comprende los daños que sufran esos bienes o la vivienda para cometer el robo o su tentativa, hasta el 15% de la suma asegurada. Los bienes se repondrán a nuevo cuando la antigüedad sea menor o igual a 3 años.

No cubre el hurto cuando en la vivienda se desarrollen actividades comerciales/industriales. Monedas (papel o metálico), oro, plata y/o metales preciosos no engarzados, todo título o acción, valores mobiliarios, matrices y similares. Bienes al aire libre, en corredores, patios o terrazas, fuera de la vivienda o en construcción separada de la misma que no cuenten con medidas de seguridad.

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