Todo vehículo que se traslada o es remolcado por la vía pública (calles, avenidas y rutas), está obligado a la contratación de un seguro. Así lo indica la Ley Nacional de Tránsito que establece que para poder circular necesitamos como mínimo un seguro de Responsabilidad Civil.
Este elemento es el medio idóneo para la reparación de los daños ocasionados a terceros y la protección del patrimonio del asegurado en caso de sufrir un siniestro. Pero para poder reclamar algún tipo de cobertura es fundamental conocer en detalle cuáles son los derechos y las obligaciones de los asegurados y las aseguradoras.
En primer lugar, el asesoramiento es primordial ya que los productores (de seguros) tienen conocimientos sobre la calidad, trayectoria y solvencia de las aseguradoras, poseen capacitaciones para asesorar a los clientes, sumado a la información sobre beneficios, promociones y descuentos de las empresas. Además, te brindará la asistencia técnica necesaria ante la ocurrencia de un siniestro.
A la hora de contratar el servicio, elige una cobertura que sea conveniente a tus intereses y necesidades. Podés optar libremente qué compañía de seguros contratar y con qué productor hacerlo. Si comprás un bien a crédito, la entidad financiera que otorga los préstamos tiene la obligación de ofrecerte varias aseguradoras. En todos los casos, el precio del seguro no puede ser superior al precio de venta al público de la aseguradora elegida.
¿Cuáles son las obligaciones de las aseguradoras?
- Evaluar los riesgos que asumen de forma responsable.
- Emitir la póliza y entregársela al asegurado con todo el detalle de cláusulas y condiciones: en las renovaciones, sólo es necesario entregar las condiciones particulares con la descripción del riesgo y coberturas, siempre que el resto de cláusulas se mantenga igual a la póliza del año anterior.
- Informar al asegurado su resolución respecto de la cobertura del siniestro.
- En caso de siniestro y siempre que se den las condiciones establecidas en la póliza, la aseguradora deberá pagar la indemnización convenida con el asegurado. La aseguradora queda liberada si el dueño del vehículo provoca el siniestro con intención (dolo) o por culpa grave (ejemplo: cruzar el semáforo en rojo, conducir alcoholizado o bajo el efecto de estupefacientes o circular de contramano, entre otras).
Las pólizas son anuales con diversas modalidades de facturación, mensual o por períodos más prolongados. Con la facturación mensual tenés actualizado el valor de la unidad en forma permanente; para las otras alternativas, tenés que considerar la aplicación de una cláusula de ajuste de la suma asegurada para mantener actualizado el valor de la unidad entre períodos.
Siempre es conveniente optar por el pago por débito, ya que las aseguradoras hacen descuentos para los clientes que optan por esta alternativa. Recordá que la falta de pago de la póliza, suspende la cobertura en forma inmediata, sin necesidad de que te envíen ninguna comunicación.
FUENTE: www.parabrisas.perfil.com